La primera gran medida anunciada por el Gobierno del cambio en Andalucía se ha producido. Se ha aprobado un Decreto Ley por el que se modifica el Texto Refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto legislativo 1/2018, de 19 de junio, para el impulso y dinamización de la actividad económica, mediante la supresión, en la práctica, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, una bajada del IRPF y beneficios fiscales para familias numerosas, empresas y autónomos en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
Pasamos a enunciaros brevemente las modificaciones introducidas y los impuestos afectados:
- Impuesto sobre sucesiones y donaciones
Prácticamente se ha eliminado, en la práctica, el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones para cónyuges y familiares directos. El decreto establece una bonificación del 99% en la cuota del impuesto para los grupos de parentesco I y II, atendiendo a la demanda social existente, y al cumplimiento del compromiso adquirido.
Mediante esta bonificación fiscal, Andalucía se sitúa entre las comunidades autónomas con la fiscalidad más baja en este impuesto.
En cuanto a las donaciones, Andalucía pasará de ser una de las comunidades con mayor gravamen en las donaciones, al grupo de comunidades con menor coste fiscal, al nivel de los canarios, cántabros, madrileños, murcianos y riojanos.
La nueva medida permitirá que una donación de unos padres a su hija o hijo valorada en 10.000 euros, por la que se venía pagando hasta ahora 782,06 euros por este impuesto, en adelante cueste 7,82 euros. Y si la donación es de 60.000 euros, se pagarían 62,58 euros, en vez de los 6.258,48 euros que se pagaban hasta ahora.
- Impuesto sobre la renta de personas físicas (IRPF)
En cuatro años, el tipo máximo bajará tres puntos: de forma progresiva, se reducirá el gravamen en todos los tramos. El primer tramo de renta pasará del 10% al 9,5%; se unifican los tramos entre 20.200 y 28.000 euros (que tributa al 15%) y entre 28.000 y 35.000 euros (que tributa al 16,5%), en uno solo, de modo que entre 20.200 y 35.200 euros se tributará al 15%; los tramos comprendidos entre 35.200 y 60.000 euros se integran, pasando de tributar del 19% al 18,5%; y el tramo a partir de 60.000 euros pasará del 23,5% al 22,5%. Es el último tramo (se elimina el tramo para rentas a partir de 120.000 euros), por lo que el tipo impositivo máximo pasa del 25,5% al 22,5%.
La bajada del IRPF se llevará a cabo, de forma progresiva, mediante una disposición transitoria, a lo largo de los ejercicios 2019 a 2023, cuando será plenamente efectiva. El primer tramo de la tarifa (las rentas más bajas) empezará a reducirse para el ejercicio 2019 y alcanzará su tributación definitiva en 2020. Esta bajada del IRPF no tendrá impacto en la recaudación en Andalucía hasta 2021.
- Beneficios para familias numerosas
Se establece un tipo reducido para los impuestos de TPO (Transmisiones Patrimoniales Onerosas) y AJD (Actos Jurídicos Documentados) para las familias numerosas en la compra de su vivienda habitual, siempre que ésta no supere el valor de 180.000 euros.
El tipo aplicable en las TPO pasa del 8% al 3,5%, y el que se aplicable en los AJD (escrituras y documentos notariales) pasa del 1,5% al 0,1%. Ambos impuestos son incompatibles: se paga TPO si la vivienda es de segunda mano o AJD+IVA si se trata de una vivienda nueva.
De esta forma, si por la compra de una vivienda valorada en 180.000 euros, una familia pagaba hasta ahora 14.400 euros en concepto de TPO o 2.700 por AJD, en adelante pagará 6.300 euros por TPO o 180 por AJD. El ahorro sería de 8.100 euros en el primer caso y de 2.520 en el segundo.
Es otra medida más que persigue el objetivo del Gobierno andaluz de mejorar el respaldo económico y los incentivos dirigidos a las familias y la natalidad.
- Beneficios para empresas y autónomos
Las empresas pueden optar a la hora de tributar la compra de inmuebles por hacerlo a través del IVA o bien, acogiéndose a la exención del IVA prevista por la ley, a través del Impuesto del ITP.
El Gobierno andaluz estableció en 2003 un tipo del 2% para las empresas y autónomos que decidieran tributar a través del IVA la adquisición de los inmuebles, lo que castigaba a las empresas que optaran por esta opción.
El acuerdo del Consejo de Gobierno reduce del 2% al 1,5% el tipo aplicado en el impuesto de AJD a las empresas y autónomos que adquieran inmuebles con renuncia a la exención del IVA. De esta forma, se rebaja el tipo hasta el nivel de comunidades como Madrid, Asturias o La Rioja.
Esta medida contribuye a que las empresas dispongan de mayor liquidez y ello, a su vez, permite impulsar y dinamizar la actividad económica.
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