Ampliación de la tarifa plana en 2018

La ley de autónomos mejora los requisitos de la tarifa plana para dicho colectivo que entran en vigor en 2018.

A partir del 1 de enero de 2018 se producen los siguientes cambios:

El autónomo podrá aplicar los incentivos siempre que no haya estado de alta en el RETA en los dos últimos años. Así pues, dicho plazo se reduce de cinco a dos años.

Si el autónomo ha aplicado los incentivos con anterioridad pero se dio de baja en el RETA, podrá volver a aplicarlos si mantiene dicha baja al menos tres años.

Asimismo, la tarifa plana de 50 euros se aplicará durante 12 meses (con la norma anterior se aplicaba durante seis meses). Por tanto, las bonificaciones se podrán aplicar durante un período máximo de 24 meses con carácter general, o de 36 meses para jóvenes autónomos.

En la práctica

Ejemplo 1. Un autónomo que en su día, al darse de alta, no pudo aplicarse bonificaciones cerró su negocio el 31 de julio de 2015. Si ahora quiere iniciar una nueva actividad, puede aplicar los incentivos si se da de alta en 2018 al haber transcurrido al menos dos años sin haber estado de alta en el RETA. Si se hubiera dado de alta el 31-12-2017, no hubiera podido acceder a los beneficios, al no haber transcurrido los cinco años exigidos hasta entonces.

Ejemplo 2. Un autónomo se dio de alta con menos de 30 años y aplicó la tarifa plana. Si se dio de baja en diciembre de 2014, puede volver a aplicar los incentivos si se da de alta de nuevo en 2018. De ese modo, habrá estado tres años sin cotizar en el RETA y podrá volver a aplicar la tarifa plana.

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