Cómo librarse del pago de la plusvalía municipal y el ITP en inmuebles heredados e indivisibles de varios propietarios

Si usted y sus hermanos son copropietarios a partes iguales de varios inmuebles que heredaron de sus padres, desde Cintas & Barberá le ayudamos para que se lo repartan de forma que únicamente paguen lo menos posible… y, por supuesto, cumpliendo la ley.

A la hora de repartir estos inmuebles no es necesario formalizar una compraventa, con la que pagará un tributación mucho más alta, incluido el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) y la plusvalía municipal, el denominado Impuesto sobre el Incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU).

La fórmula más recomendable es que entre todos otorguen una única escritura de disolución de condominio de esos bienes indivisibles y lo distribuyan de la forma más equitativa
posible, compensando económicamente los excesos de adjudicación. De esa forma estarán exento del pago de la plusvalía municipal.

Este reparto “en ajustada proporción” conllevará, además, un doble ahorro. Porque tampoco deberá satisfacer el ITP (entre el 7% y el 10% por cada compraventa, según la comunidad autónoma), sino únicamente el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (AJD), que será de entre el 0,5% y el 1,5% del valor real del conjunto de los inmuebles.

Al realizar un reparto lo más equitativo posible no se considera una verdadera transmisión, sino una especificación de un derecho ya existente, lo cual se considera no sujeto a la plusvalía municipal ni al ITP.

Si estás interesado en este asunto, consúltanos en nuestra asesoría en Chiclana de la Frontera.