Espere y pague menos plusvalía

Está previsto que próximamente se modifique la forma de calcular la plusvalía municipal. Si va a vender un inmueble, plantéese esperar a que dicha norma entre en vigor: en muchos casos ahorrará dinero.

El Tribunal Constitucional declaró inconstitucionales algunos artículos de la ley que regula el impuesto sobre la plusvalía municipal. A consecuencia de ello, está previsto que se introduzcan cambios en dicha ley:

Por un lado, y con efectos desde el 15-6-2017, las ventas en las que el valor de transmisión del terreno sea inferior al valor de adquisición (o al valor comprobado) ya no deberán tributar por dicho impuesto.

Por otro lado, cuando entre en vigor la nueva ley, se modificará la forma de calcular la base imponible del impuesto. Hasta ahora, dicha base aumenta a medida que transcurren más años desde la adquisición del inmueble (con el límite de 20 años), sin tener en cuenta si su valor real ha aumentado o no. 

Con la nueva ley, la base imponible también se calculará aplicando unos coeficientes sobre el valor catastral, pero éstos podrán variar cada año y ya no aumentarán con la antigüedad del inmueble (como hasta ahora), sino que dependerán del año de adquisición del inmueble:

En años con precios de inmuebles más elevados, el coeficiente será más bajo (ya que se considera que su valor habrá aumentado menos). Así, por ejemplo, para un inmueble adquirido hace diez años, en plena «burbuja inmobiliaria», el coeficiente máximo será del 0,06.

En cambio, en caso de inmuebles adquiridos en épocas con unos precios más próximos a la realidad, los coeficientes serán más altos (por ejemplo, si la antigüedad es de 18 años, el coeficiente máximo será del 0,5).

Así pues, si tiene previsto vender un inmueble próximamente, plantéese esperar unos meses hasta que la nueva ley se apruebe y entre en vigor. En muchos casos puede obtener ahorros importantes en la plusvalía municipal que deberá satisfacer por la transmisión.

Si usted tiene un inmueble adquirido en 2007 con un valor catastral del terreno de 130.000 euros, vea cuál será su tributación si lo vende ahora (aplicando la antigua ley y con once años de tenencia), o bien espera unos meses y lo vende cuando ya esté en vigor la nueva ley (y ya lleve doce años de tenencia). Gracias a la espera puede ahorrar hasta 10.218 euros:

Conc​​epto Con ley antigua Con ley nueva
Valor catastral 130.000 130.000
Coeficiente 0,352 (1) 0,09 (2)
Base imponible 45.760 11.700
Cuota 30% 13.728 3.510

En todo caso, esperar no siempre le convendrá: en las ventas de inmuebles de hasta dos años de antigüedad la norma actual es mejor que la prevista. Y en las ventas de inmuebles con 20 o más años de antigüedad la tributación será la misma; la espera no le reportará ningún ahorro.

Si estás interesado en este asunto, consúltanos en nuestra asesoría Cintas & Barberá de Chiclana.