Máximo ahorro con la renta vitalicia

Usted ha adquirido sus participaciones en una compañía en varios años y ahora va a venderlas. Como tiene más de 65 años, reinvertirá el importe obtenido en una renta vitalicia asegurada, de forma que la ganancia que obtenga estará exenta de IRPF:

Dicha reinversión debe producirse en los seis meses siguientes a la venta. La cuantía máxima que se puede destinar a la renta vitalicia es de 240.000 euros.

No actúe por inercia. Aplique el incentivo de forma que obtenga el máximo ahorro fiscal, y elija el mejor momento para llevar a cabo la transmisión. Vea cómo actuar…

En primer lugar, sepa que usted es libre de elegir las acciones concretas sobre las que aplica la exención. Por tanto, si vende participaciones adquiridas en diferentes momentos y con diferentes valores, aplique el incentivo sólo respecto de las que le reporten una ganancia tributable significativa.

Si hay acciones que vende con pérdidas, descártelas. Así podrá compensar dichas pérdidas con otras ganancias por las que deba tributar en el ejercicio en curso o en los cuatro siguientes.

​Descarte también las acciones que le reporten una ganancia muy baja. Dado que la exención está limitada a 240.000 euros de ventas por persona, tal vez le interese más reservar el incentivo para otras ventas de bienes futuras con mayor ganancia.