Novedades del Sistema de Suministro Inmediato de Información

La entrada en vigor del Sistema de Suministro Inmediato de Información (SII) también afecta a otras obligaciones formales:

  • Plazos de presentación de las declaraciones-liquidaciones

Se amplía para los empresarios que utilicen el SII hasta los treinta primeros días naturales del mes siguiente al correspondiente período de liquidación mensual, o hasta el último día del mes de febrero en el caso de la declaración-liquidación correspondiente al mes de enero.

  • Exoneración de determinadas obligaciones formales

Los empresarios, profesionales y sujetos pasivos que apliquen el SII quedan exonerados de presentar las siguientes declaraciones informativas:

– Declaración sobre operaciones con terceras personas (modelo 347) a partir del período correspondiente a 2017;

– Declaración informativa referida al contenido de los Libros registros (modelo 340) para los sujetos pasivos inscritos en el REDEME. La supresión afecta a las declaraciones relativas a la información a suministrar a partir del período correspondiente a julio de 2017.

A estas declaraciones tal como declara el proyecto de orden, se añade la declaración-resumen anual del IVA (modelo 390).

  • Declaraciones censales

Se incorpora la opción por la llevanza de libros registro del IVA a través del SII y la opción por el cumplimiento de la obligación de expedir factura por el destinatario o por tercero así como la revocación a las mismas entre las causas de presentación del modelo 036 de Declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.

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