Nuevos límites sobre BIN y deducciones

Usted ha leído en la prensa que, con efectos desde 2016, se han establecido nuevos límites a la compensación de bases imponibles negativas y a las deducciones por doble imposición. Pero esto solo afecta a grandes empresas…

Con el objetivo de aumentar la recaudación, a partir de la declaración del IS 2016 se han introducido nuevos límites a la compensación de bases imponibles negativas (BIN) y sobre la aplicación de la deducción por doble imposición. Pero no se alarme: estos nuevos límites solo afectan a las empresas que en el ejercicio anterior hayan tenido una cifra de negocios a partir de 20 millones de euros.

Vea cómo actuar si es este el caso de su empresa, o si usted es asesor fiscal y entre sus clientes hay alguna empresa con estas características.

Bases negativas 

En primer lugar, y respecto a la compensación de BIN pendientes:

Como novedad, las empresas que facturan 20 o más millones de euros pero menos de 60 solo podrán compensar las BIN pendientes hasta el límite del 50% de la base positiva.

Para las que facturen a partir de 60 millones, dicho límite es de solo el 25%.

El resto de empresas podrán aplicar los límites que ya existían: el 60% de la base positiva en 2016 y el 70% a partir de 2017.

En cualquier caso, se mantiene para todas las empresas el mínimo compensable de un millón de euros. Y no olvide que, para las empresas en concurso de acreedores, estos límites no resultan de aplicación por el importe equivalente a los ingresos derivados de quitas.

Deducciones

Por inversiones. Por otro lado, recuerde que las deducciones por realización de determinadas actividades (por I+D, por contratación de discapacitados, etc.) pueden aplicarse con el límite del 25% de la cuota íntegra minorada en las deducciones para evitar la doble imposición y las bonificaciones (también denominada «cuota íntegra ajustada»). Este límite se mantiene.

Por doble imposición. Pues bien, a partir de 2016, a aquellas empresas que en el ejercicio anterior hayan facturado a partir de 20 millones de euros también se les limitan las deducciones por doble imposición que pueden aplicar, en este caso al 50% de la cuota íntegra del ejercicio.

Si estás interesado en este asunto, consúltanos en nuestra asesoría de Cintas & Barberá de Chiclana.