¡Que vienen las elecciones!

Como bien sabe, en los meses venideros hay varias elecciones en el territorio nacional y existen permisos para que los trabajadores puedan ejercitar su derecho al voto o cumplir los deberes de participación en la administración y control del proceso electoral.

El tiempo en que el trabajador interrumpe su trabajo para votar no tiene por qué ser recuperado con posterioridad, pero recomiende que le avisen con cierta antelación, para poder planificar bien su trabajo. El permiso es además «retribuido»: no implica para el trabajador la pérdida del derecho al salario correspondiente al tiempo de ausencia.

Así pues, el trabajador tiene hasta cuatro horas libres y retribuidas para votar. Y cuando trabaje con jornada reducida, el permiso se reducirá proporcionalmente al tiempo de trabajo realizado.

Igualmente, quienes participan en la administración y control de las votaciones, como pueden ser los presidentes, vocales de mesa e interventores, tienen derecho a un permiso retribuido que comprende la jornada completa del día de la votación y la reducción de la jornada, en cinco horas, del día inmediatamente posterior a ésta. Los apoderados de los representantes de las candidaturas tienen también derecho a un permiso retribuido el día de la votación.

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