Si su empresa acumula un excedente de tesorería importante y lo invierte en depósitos o fondos de inversión, ¿puede llegar a ser considerada una sociedad patrimonial?
Entidad patrimonial
Perjuicio para la entidad. La ley establece algunas normas especiales cuando más del 50% del activo de una sociedad está constituido por valores o por activos que no están afectos a una actividad económica. ¡Atención! En concreto, las entidades que se encuentran en esta situación se consideran «sociedades patrimoniales». Ello implica que no puedan aplicar algunos incentivos fiscales:
- No pueden acogerse al régimen de las empresas de reducida dimensión.
- No pueden aplicar los tipos reducidos previstos para las empresas de nueva creación.
- En caso de transmisión de sus participaciones, los socios que a su vez sean sociedades no pueden aplicar la exención por doble imposición sobre la ganancia que obtengan.
Perjuicio para los socios. Además, los socios personas físicas también se ven afectados. Si la entidad es patrimonial, en general la participación de los socios no disfruta de exención en el Impuesto sobre el Patrimonio y, en consecuencia, su posterior transmisión por herencia o donación tampoco disfruta de las reducciones aplicables a las empresas familiares.
Actividad. Pues bien: aunque su empresa desarrolla una actividad económica, en los últimos años ha ido acumulando tesorería procedente de dicha actividad, de forma que ésta ya supera el 50% del activo total (a estos efectos, se toma el promedio de los balances trimestrales), y usted tiene dudas sobre si Hacienda puede llegar a considerar que su empresa es patrimonial. En este caso, tenga en cuenta:
- Si dicha tesorería procede del propio negocio, se considera que es un activo afecto a la actividad, de manera que su empresa no será patrimonial.
- Si la tesorería procede de la transmisión de activos afectos y dicha transmisión se ha realizado en el ejercicio o en los dos anteriores, también se considera que está afecta a la actividad.
- Pero si la tesorería procede de la transmisión de activos no afectos, o de transmisiones de activos afectos realizadas más allá de los dos ejercicios anteriores, no se considera afecta a la actividad económica. Por tanto, esta tesorería puede provocar que su empresa pase a ser una entidad patrimonial.
Si la tesorería se ha generado por el propio negocio, su empresa no será considerada patrimonial. Pero sí puede llegar a serlo si dicha tesorería procede de ventas de activos afectos realizadas más allá de los dos ejercicios anteriores.