¿Y si nos toca la lotería?

¿Qué sucede cuando eres agraciado con un premio de lotería? ¿Cuánto hay que pagar y cuándo? Cuando hablamos de tributación de loterías autorizadas nos referimos a las que han sido autorizadas por el Gobierno para realizar sorteos como son la ONCE, las que organiza la ONLAE y la Lotería nacional del Estado.

Los premios de loterías autorizadas están exentos hasta un importe de 2.500 euros. Pero son 2.500 euros por boleto, no por agraciado. Por lo tanto, si toca un boleto y somos 20 los agraciados deberemos prorratear esos 2.500 euros entre 20.

Hasta los 2.500 euros no se tributa, el exceso sí. ¿Cómo tributa?

Residentes españoles: Si percibes una lotería española, autorizada y tu eres residente en territorio español y tributas por IRPF, en el momento de percibir el premio te retienen el 20% y esa es toda la tributación. No tienes que declararlo en ningún otro sitio a efectos del impuesto sobre la renta. La tributación es la retención en el cobro y acaba con el pago del impuesto sobre la renta.

No residentes en España: Si es extranjero pero ha adquirido un boleto de la lotería nacional y le ha tocado. En el momento de ir a cobrar el boleto, también tributará un 20% pero no será vía retención sino que deberemos rellenar un impreso en la misma administración. Lo mismo sucede si eres residente español pero te toca una lotería que no es española, por ejemplo el Euromillón, también tributará el 20% pero a través de un impreso. No debe declararse nunca en el impuesto sobre la renta. Otra cosa muy diferente será el Impuesto sobre el Patrimonio. Si ha percibido un premio el 22 de diciembre, a 31 de diciembre que es la fecha de devengo del Impuesto sobre el Patrimonio, deberá declararse el importe obtenido o los bienes o derechos donde lo haya invertido.

Si estás interesado en este asunto, consúltanos en nuestra asesoría de Cintas & Barberá de Chiclana.